Usted está en: Temas generales / Municipios / Categoría de los municipios .CATEGORÍA DE LOS MUNICIPIOS.1. . Los municipios están clasificados en 6 categorías y los departamentos en cuatro. . Las categorías de los municipios son:. . Categoría especial: distritos o municipios con población igual o superior a 500.001 habitantes y cuyos ingresos2 corrientes de libre destinación anuales superen 400.000 salarios mínimos legales mensuales (smlmv).. . Primera categoría: distritos o municipios con población comprendida entre 100.001 y 500.000 habitantes y cuyos ingresos anuales sean superiores a 100.000 y hasta 400.000 smlmv. . . Segunda categoría: distritos o municipios con población entre 50.001 y 100.000 habitantes y cuyos ingresos anuales sean superiores a 50.000 y hasta de cien mil 100.000 smlmv. . . Tercera categoría: distritos o municipios con población entre 30.001 y 50.000 habitantes y cuyos ingresos anuales sean superiores a 30.000 y hasta de 50.000 smlmv.. . Cuarta categoría: distritos o municipios con población entre 20.001 y 30.000 habitantes y cuyos ingresos anuales sean superiores a 25.000 y de hasta de 30.000 smlmv.. . Quinta categoría: distritos o municipios con población entre 10.001 y 20.000 habitantes y cuyos ingresos anuales sean superiores a 15.000 y hasta 25.000 smlmv.. . Sexta categoría: distritos o municipios con población igual o inferior a 10.000 habitantes y con ingresos anuales no superiores a 15.000 smlmv.. . Mediante la categorización se adecúa la situación de cada municipio o distrito a su realidad presupuestal y poblacional. Si el municipio desciende de categoría, los salarios y/o honorarios de los servidores públicos se pagan según correspondan a la nueva categoría.. . La categorización la hacen los alcaldes y gobernadores (en el caso de la categorización departamental) teniendo como soporte las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior; también requieren la certificación del DANE sobre población para el año anterior. La resolución de nueva categorización que expida el distrito o municipio debe enviarse al Ministerio del Interior y Justicia para su respectivo registro.. . Actualmente (Ene. 2010) Boyacá no tiene municipios de Categoría especial (en el país son: Barranquilla, Bogota D.C., Cali y Medellín), ni de Primera y Segunda categoría. De Tercera Categoría está Tunja y, recientemente Duitama (junto con Cota, Espinal, Facatativa, Girardot, Mosquera, Soacha, Tuluá y Valledupar). En Quinta categoría están los municipios de Miraflores y Sogamoso. El resto de municipios de Boyacá pertenecen a la Sexta categoría.. [1] Se rige por el artículo 6 de la Ley 617 de 2000. [2] Para la categorización, se determina en todos los casos para los ingresos corrientes anuales de libre destinación.
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